La Transparencia también se verá afectada por COVID-19 en Tlaxcala; IAIP suspende términos legales de trámites.
- Los comisionados también decidieron suspender recursos de revisión, denuncias y solicitudes de acceso a la información.
El Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala (IAIP), aprobó por unanimidad de votos la suspensión de los términos legales para cualquier trámite ante el órgano garante.
En sesión ordinaria que se desarrolló a puerta cerrada como medida de prevención de contagios del virus COVID-19, los comisionados Fernando Hernández López en su calidad de presidente, Maribel Rodríguez Piedras y Didier Fabian López Sánchez, determinaron que la medida se acordó para reducir al mínimo posibles padecimientos de la enfermedad entre el personal del organismo.
“Con la finalidad de no ser indiferentes ante esta situación que puede poner en riesgo la salud y como consecuencia a la vida, se propone la suspensión de los términos legales dentro de los procedimientos de recursos de revisión, denuncias y solicitudes de acceso a la información a este instituto”.
La determinación también tendrá alcance para las sesiones ordinarias del Consejo General del IAIP, con el objeto de proteger al personal que labora en el órgano e incluso para aquellas personas del público que acudan a los trabajos.
De acuerdo con el presidente del IAIP, Fernando Hernández López, la medida no representa un periodo vacacional para el personal, ya que, las actividades en cada una de las áreas se podrán llevar a cabo desde el hogar en aquellos casos que así lo amerite.
Por ello, recalcó, “solo el personal estrictamente indispensable para la atención a la ciudadanía acudirá a laborar con las medidas de higiene emitidas por la Secretaría de Salud, con ello, no solo se privilegia el derecho a la salud de quienes acuden de manera cotidiana a nuestras instalaciones, sino también de quienes laboran en el Órgano Garante”.
Lo anterior, agregó, de conformidad con el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los diversos 5 y 42 del Reglamento de este Instituto.
Es importante señalar que estas medidas no afectan en lo absoluto el derecho de la sociedad de solicitar información pública, ya que para ello se han habilitado herramientas informáticas que permiten ejercerlo y, en consecuencia, su derecho a saber está garantizado.