No es facultad del Congreso atender renuncia de presidente de comunidad de Cuapiaxtla; determinó el Pleno.
El Pleno del Congreso del Estado determinó que no es facultad de esta Soberanía atender la renuncia de Jorge Luis Olvera García al cargo del presidente de comunidad de Ignacio Allende, Cuapiaxtla, por lo que será el Cabildo de ese ayuntamiento el que resuelva la situación correspondiente.
Durante la sesión ordinaria de este martes, los legisladores determinaron que no ha lugar a lo solicitado por el alcalde de Cuapiaxtla, Arturo Hernández Hernández, pues la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala determina las competencias del Congreso.
El proyecto de acuerdo presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, establece que de acuerdo a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, el Congreso Local actuará únicamente cuando la renuncia al cargo sea por causa grave y cuando sin causa justa o sin licencia previa faltare al desempeño de sus funciones.
En ese sentido, la iniciativa que fue avalada por mayoría de los votos de los integrantes de la LXIII Legislatura, también puntualiza que la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, en su numeral 25, señala que “las faltas temporales mayores a quince días o absolutas del Síndico, Regidores y Presidentes de Comunidad serán cubiertas por sus suplentes. A falta de estos, el Ayuntamiento designará a las personas que deban desempeñar este cargo cuando se trate de faltas temporales y el Congreso del Estado lo hará cuando sean faltas definitivas”.
Por ello, los Legisladores precisaron que corresponderá al ayuntamiento de Cuapiaxtla actuar con base en lo establecido en la Ley Municipal para el Estado de Tlaxcala.