Por ley sujetos obligados deberán publicar las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos.
El Pleno de la LXIII Legislatura Local reformó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala, con la finalidad de que los sujetos obligados publiquen en sus páginas oficiales o portales web, la información en versión pública de la declaración patrimonial y de intereses, que rindan los servidores públicos en los términos previstos por la normatividad.
A partir de esa modificación y una vez que se publique el Decreto en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, la difusión y actualización de dicha información deberá realizarse por conducto de las unidades de transparencia de cada sujeto obligado, dentro de los diez días naturales posteriores a la presentación de ambas declaraciones.
De la misma manera, todo sujeto o ente debe hacer pública la información que derive de la presentación de las declaraciones de situación patrimonial y la de no conflicto de interés, mediante el sistema respectivo y bajo los términos, modalidades y plazos previstos en la legislación concerniente al Sistema Nacional Anticorrupción, y la inherente a las responsabilidades administrativas.
La reforma especifica que los Diputados locales deben considerarse servidores públicos, por lo tanto, las nuevas disposiciones son aplicables para los integrantes del Congreso del Estado, en los términos y modalidades previstos por la Ley indicada.