Presentan iniciativa en el Congreso local para que sea en 2019 y no en 2021 cuando los presidentes de comunidad puedan votar nuevamente en cabildo.

Con la finalidad de no prorrogar hasta el 2021 la entrada en vigor del derecho a voto a los presidentes de comunidad en las sesiones de cabildo municipales, el diputado Víctor Manuel Báez López, presentó la iniciativa de reforma a la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, para que éste sea efectivo a partir del uno de enero de 2019.

Manifestó, que con adecuación a esta norma, se beneficiaría a los actuales presidentes de comunidad, los que apuntó con la reforma al citado precepto legal realizada por la LXII Legislatura Local, el pasado 23 de agosto del año en curso, en donde se estableció en el numeral primero transitorio que el otorgamiento del derecho a voto a los presidentes de Comunidad, en las sesiones de cabildo, sea aplicable a partir de que comiencen a ejercer sus funciones los Ayuntamientos de los municipios del Estado que se elijan en el proceso electoral ordinario local siguiente, es decir, a partir del día uno de septiembre del año 2021.

Subrayó que aunque lo técnicamente correcto y democráticamente conveniente es restituir a los presidentes de Comunidad el derecho a voto en mención, y hacerlo sin postergación, también deben implementarse las medidas legislativas para evitar la posibilidad de distorsión al aplicarse la medida legislativa propuesta; por lo que debe establecerse el mecanismo para calificar la validez de la votación.

En este tenor, apuntó que para celebrar una sesión de cabildo será suficiente la asistencia de la mayoría de sus integrantes, pero en cualquier caso será

indispensable la presencia de por lo menos el cincuenta por ciento de la cantidad de regidores que legalmente correspondan al Municipio de que se trate; además de que cuando en la votación mayoritaria de un asunto sea determinante el voto de presidentes de Comunidad, dicha votación será válida sólo si entre esa mayoría se encuentra incluido el voto de por lo menos el cincuenta por ciento de la cantidad de regidores correspondientes al Municipio; en caso contrario la votación se repetirá.

Así también, puso de manifestó la necesidad de regular los salarios en los ayuntamientos, misma que será de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, la cual será propuesta por el Presidente Municipal y aprobada por el Cabildo, estas deberán ajustarse a los lineamientos básicos establecidos en el artículo 127 de la Constitución Política Federal, así como lo que se disponga en su ley reglamentaria.

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