Recursos que no ejerzan los entes públicos deberán ser reincorporados al Presupuesto de Egresos, votan diputados.

En sesión extraordinaria pública, y por mayoría de votos, los integrantes de la LXIII Legislatura local reformaron diversos contenidos del artículo 288 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, para que una vez concluida la vigencia del presupuesto de egresos, el Ejecutivo del Estado deberá entregar al Congreso local a más tardar el 15 de enero, un informe de los recursos no ejercidos relativos a los fondos estatales presupuestados en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

De acuerdo al informe presentado, el Congreso del Estado, previa solicitud del Poder Ejecutivo, podrá autorizar que los recursos no ejercidos como provisiones económicas, fondos locales u otros, se incorporen o redistribuyan para la ejecución y cumplimiento de políticas y programas que atiendan prioridades de la población en estado de vulnerabilidad en el presupuesto de egresos del estado del ejercicio fiscal vigente.

Los entes públicos a más tardar el 15 de enero de cada año, deberán reintegrar a la Secretaria de Planeación y Finanzas las transferencias locales etiquetadas o recursos que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior no hayan sido ejecutados.

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