Solicitan desde la tribuna del congreso local a la titular del IEM entregue informe del ejercicio fiscal 2017-2018.

  • Proponen que las iniciativas se lean de forma íntegra para no vulnerar el proceso legislativo.

En la sesión ordinaria de este martes en el Congreso del Estado la diputada María Ana Bertha Mastranzo Corona presentó la iniciativa con proyecto de acuerdo por el que se solicita al Instituto Estatal de la Mujer del Gobierno del Estado de Tlaxcala, para que su titular emita a esta soberanía un informe correspondiente al ejercicio fiscal 2017 y 2018, sobre las acciones que ha realizado por sí o en el marco de los acuerdos y convenios de coordinación, sobre la difusión, implementación, seguimiento y resultados de la norma mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en igualdad laboral y no discriminación en los centros de trabajo públicos, privados y sociales del Estado de Tlaxcala.

Por otra parte, la diputada María del Rayo Netzahuatl Ilhuicatzi, dio a conocer la iniciativa para derogar el segundo párrafo del Artículo 125 del Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala, argumentando que resulta inconstitucional, violatorio y discriminatorio, al ejercicio de todos los derechos del legislador, a conocer y discutir en el Pleno del dictamen o proyecto de ley, el que no se conozca y discuta públicamente la totalidad de un proyecto de ley, implica opacidad, y transgresión al principio constitucional de Transparencia y Acceso a la Información.

“La discusión en tribuna implica dar a conocer, ante la ciudadanía y ante los medios de comunicación, el acto soberano de la actividad legislativa en la emisión de las normas que regirán la conducta social y que permitirán dar solución a la problemática social”.

Por lo que argumentó que el párrafo segundo del Artículo 125 del Reglamento Interior del Congreso del Estado, que entró en vigencia el 5 de diciembre del año próximo pasado, objeto de derogación de la presente iniciativa, establece lo siguiente: “Sólo para el caso de los dictámenes derivados de las iniciativas con proyectos de leyes de ingresos de los municipios, por mayoría simple de los diputados presentes, podrá dispensarse la lectura de los mismos…” En este contexto normativo dijo, éste párrafo vulnera la aplicación general e igualitaria de la norma, porque se aplica únicamente para las iniciativas con proyecto de ley de

ingresos municipal y excluye el caso de la iniciativa de Ley de Ingresos del Estado de Tlaxcala.

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