TET utilizó criterio parcial en distribución de pluris favoreciendo a MORENA

Los tres magistrados del TET coincidieron en dejar a tres partidos sin representación en el congreso local pese a que cuentan con registro.

Los tres magistrados del TET coincidieron en dejar a tres partidos sin representación en el congreso local pese a que cuentan con registro.

Luego que la asignación de diputaciones de representación proporcional aprobada por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), fue impugnada por los institutos políticos: Partido Socialista (PS); Partido Alianza Ciudadana (PAC); Partido del Trabajo (PT); Partido de la Revolución Democrática (PRD); Movimiento Ciudadano (MC); y Partido Encuentro Social (PES).

Entre otras cosas por acusar una sobre representación de Morena por tener 12 de los 25 diputados locales dejando a tres institutos políticos sin al menos una diputación plurinominal como es su derecho, aun así, los magistrados del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), en la Sesión Extraordinaria celebrada este lunes; determinaron confirmar el criterio empleado por el Consejo General del ITE.

En este sentido, el Presidente del Tribunal Electoral de Tlaxcala Luis Manuel Muñoz Cuauhtle derivado de la determinación del pleno, trató de justificar dicha determinación señalando que MORENA, sólo tendría sobre representación si se le hubieran entregado cuatro diputaciones de Representación Proporcional –aun cuando fue el partido que más diputaciones de Mayoría Relativa obtuvo-, y no dos como se le otorgaron; y calificó el criterio aritmético empleado por el Consejo General del ITE para asignar diputaciones de Representación Proporcional como votación ´útil, opinó; esto pese a que con tal criterio dejó sin representación legislativa a varios partidos.

De esta manera, MORENA y el Partido Acción Nacional quedan con dos diputaciones de Representación Proporcional cada uno; por su parte, el PRI, PRD, PT, PVEM, MC y PANAL quedan sólo con una; generándose así un cuestionado reparto de diputaciones plurinominales.

En relación a los agravios relativos a la paridad de género, el PRD, en el juicio ciudadano 57, señalaba que el acuerdo del ITE era discriminatorio y atentaba contra la igualdad entre hombre y mujer, en razón de que no se aplicó el principio de paridad a pesar de que la integración del Congreso no es paritaria. De hecho, señalaba que era posible ajustar la integración de la Legislatura en la asignación de diputados locales de representación proporcional, hasta acercarlo lo más posible a la paridad sobre la base de los artículos 1 y 4 de la Constitución Federal.

Al respecto, el Pleno del TET resolvió que no le asiste la razón al PRD, ya que si bien es el género femenino el que supera en porcentaje al masculino, no cabe una interpretación constitucional a través de la cual sea posible ajustar en la mayor medida posible las asignaciones por representación proporcional a favor del género masculino.

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