A TODOS LOS PROPIETARIOS Y/O ENCARGADOS DE

ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES CON GIRO EN

VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN GENERAL

DEL MUNICIPIO DE TLAXCALA.

Con fundamento en los artículos 283 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, 50 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Tlaxcala, 1, 2 fracciones I,II, III, IV, V, VI, VII, 5 del Reglamento de Buen Gobierno en Materia de Venta de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Tlaxcala, 107 fracciones VII y VIII del Reglamento Interno del Municipio de Tlaxcala, se le hace de conocimiento, lo siguiente:

CON MOTIVO DE LA JORNADA ELECTORAL DEL PRÓXIMO 2 DE JUNIO DE 2024.

QUEDA PROHIBIDA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS LOS DÍAS:

(A PARTIR DE LAS 09:00 HORAS DEL SÁBADO 1 DE JUNIO DE 2024, A LAS 09:00 HORAS DEL LUNES 3 DE JUNIO DE 2024).

Lo anterior con fundamento en el siguiente ordenamiento legal:

Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala.

Artículo 283. El día de la elección y un día antes permanecerán cerrados los establecimientos que expendan bebidas embriagantes, si éste fuera su único giro, y estará prohibida la venta de las mismas.

El día de la Jornada Electoral estará prohibido consumir bebidas embriagantes en la vía pública.

LEY SECA, EMITIDA POR EL GOBIERNO DEL ESTADO DE TLAXCALA, CON FECHA VEINTISIETE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO.

Nota: En caso de incumplimiento se aplicarán las sanciones correspondientes incluso la posibilidad de la suspensión temporal de su establecimiento comercial.

MARIBEL PÉREZ ARENAS                         JUAN RAMÓN SANABRIA CHÁVEZ

Presidenta Municipal de Tlaxcala              Secretario del Ayuntamiento de

                                                                       Tlaxcala    

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